Si necesitas un calentador opta por uno estanco. Desde abril de 2018 son obligatorios, frente a los atmosféricos, en obra nueva o sustitución.
Además de cumplir con la nueva legislación, ganarás en seguridad y eficiencia.
Los calentadores son aparatos destinados a la producción de agua caliente sanitaria mediante la combustión de gas. Pueden ser atmosféricos o estancos. Los primeros toman el aire para realizar la combustión de la estancia donde están instalados. Los segundos, sin embargo, toman el aire del exterior y realizan la combustión en una cámara estanca.
Si tienes pensado cambiar tu viejo calentador o instalar uno en una vivienda de nueva construcción, deberás optar por uno estanco. Así lo dicta una normativa que entró en vigor el 18 de abril de 2018.
Se trata de una modificación importante del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). El objetivo de la medida, en línea con la normativa de ecodiseño europea ErP, es promover el uso de tecnologías más eficientes y alcanzar así un ahorro energético del 20% para el año 2020.
La aplicación del RITE convive con la Directiva Europea de Ecodiseño (ErP) que define, entre otras cosas, las emisiones máximas de NOx. Según esta normativa, a partir del 26 de septiembre solo se podrán fabricar equipos con una baja emisión de óxido de nitrógeno (NOx).